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Requisitos para Declararse Insolvente

Octubre 05, 2018

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Hombre Desesperado Solicita los Requisitos Para Declararse InsolventeEn Colombia, los Procesos de Insolvencia Económica aplican tanto para personas naturales como para personas jurídicas, es decir, la ley diferencia claramente contiene decretos de cada área y las ampara. Su principal objetivo es hacer un análisis financiero que le permitirá sobreponerse a una situación económica inestable, dónde existen deudas a acreedores superiores al monto que en realidad pueden pagar.

En Jurídicos Comerciales somos una firma de abogados en derecho comercial enfocados exclusivamente en el ámbito del derecho mercantil en Colombia, y estamos orientados a prestar la mejor asesoría y representación en los casos jurídicos que usted necesite. Nuestros abogados, expertos en derecho comercial, ofrecen soluciones y previenen eficazmente a nuestros clientes cualquier tipo de embargo o detrimento patrimonial relacionado con su empresa, negocio o personas naturales, con la finalidad de planear y crear mecanismos basados en la ley que promuevan una estabilidad económica y una solución efectiva del problema.

En Jurídicos Comerciales nuestros abogados podrán crear un acuerdo de reestructuración para ser evaluado por usted o su compañía, a fin de identificar los flujos de caja proyectados que logren determinar que usted o su empresa realmente contará con los ingresos necesarios para pagar todas sus deudas en un determinado plazo.
Para declararse insolvente, la persona debe tener mínimo dos deudas que superen los noventa (90) días de mora y que las mismas superen el 50% del patrimonio de la persona jurídica o natural que desea acogerse a la ley de insolvencia económica.

Características para Declararse Insolvente

Las características de Insolvencia Económica para una persona natural no comerciante según la ley 1564 de 2012 son:

Si usted es persona natural no comerciante y sus deudas superan un valor de setenta y cinco millones de pesos ($75.000.000), tenga en cuenta que el proceso deberá llevarse a cabo a través de un centro de conciliación autorizado para surtir audiencias de insolvencia económica; dichos centros de conciliación son privados, por tanto, es necesario pagar las tasas administrativas, las cuales fluctúan entre diez ($10.000.000) a veinte ($20.000.000) millones de pesos. Sin embargo, si sus deudas no superan los setenta y cinco ($75.000.000) millones, no tendrá que pagar tasas administrativas, es decir, la audiencia podrá surtirse de forma gratuita.

Deudor Consulta los Requisitos Para Declararse Insolvente Así mismo, las características de Insolvencia Económica para personas jurídica según la ley 1116 de 2006 son:

Si usted es persona jurídica y/o empresa, la audiencia se lleva a cabo en la Superintendencia de Sociedades y la ley establece que para este procedimiento no existen tasas administrativas, por consiguiente, no tendrá que pagar tasas.
La duración de este proceso es de tres a seis meses; todo depende de los documentos que usted debe aportar a nuestro equipo de abogados para tramitar el proceso y adicionalmente el tiempo de la entidad administrativa (Superintendencia de Sociedades o Centro de Conciliación autorizado) para fijar la audiencia.

Ventajas de la Insolvencia Económica

Algunos beneficios del Proceso de Insolvencia Económica son:

  1. Una vez usted tenga la insolvencia económica en firme; su equipo de abogados podrá frenar cualquier proceso judicial en su contra; permitiendo suspender los embargos, secuestro y remate de bienes muebles o inmuebles o cuentas bancarias, dejando dichas actuaciones judiciales sin efectos legales.

  2. Sus acreedores no podrán aumentar el valor de la deuda, es decir, no suben intereses.

  3. Con la gran experticia que cuenta nuestro equipo de abogados, hemos logrado firmar acuerdos de pago con acreedores donde conseguimos reducción de intereses moratorios, permitiendo que nuestros clientes solo paguen el valor del capital adeudado; sin embargo, esto depende de la negociación que se surte en la audiencia.

¿Cómo Declararse Insolvente?

Para declararse en insolvencia económica, según la Legislación Colombiana, están conformados por algunos pasos. El primero consiste en negociar las deudas a través de acuerdos con sus acreedores, con la intención de mantener las estabilidades en las relaciones judiciales y mercantiles. El segundo paso es convalidar dichos acuerdos que estén basados en las leyes y ambas partes estén conformes con el convenio de pago, de manera que se pueda cumplir a cabalidad con los acreedores en el menor tiempo posible. Como tercer paso, en caso de que no se cumplan las normas establecidas en el acuerdo, se procede a realizar la liquidación del patrimonio, ya que no se pudo llegar a acuerdos completos ni a una negociación previa, por lo que el deudor debe apegarse a la ley y hacer la liquidación de los bienes o patrimonio.

Lo preciso en este tipo circunstancias es crear una declaratoria de reestructuración de su patrimonio o el de su empresa como estrategia de defensa ante la ley colombiana, ya que los deudores pueden refugiarse en la Ley de Insolvencia para resolver el inconveniente financiero sin ser embargados. Esta ley se funda con el propósito de orientar a aquellas empresas o personas naturales que tienen una estructura financiera, pero su patrimonio o capital se encuentra afectado o amenazado y opta por la recuperación del crédito para garantizar un ambiente idóneo y evitar el embargo de los acreedores al deudor, por lo que se prosigue a mantener la empresa u ordenar la salida de esta.

La asesoría de los abogados de Jurídicos Comerciales le propone negociar las deudas con dos o más acreedores y formular acuerdos de pago por medio de dos tipos de procedimientos: Negociación de Deudas, el cual está fundamentado en las estrategias y mecanismos utilizados por el deudor para establecer la forma de pago y solventar la deuda, siempre y cuando cumpla con los requisitos de la Ley 1564 de 2012 , mientras que la Convalidación de Acuerdos se inclina hacia una persona natural no comerciante que, dentro de los siguientes 120 días, incurrirá en una cesación de pagos y valida un acuerdo privado que suscribe con sus acreedores, donde dispone que estos deben convalidar la representación del sesenta por ciento (60 %) del monto total del capital de sus obligaciones, para cerciorar que el deudor cumplirá con el acuerdo creado.

¿Qué Hacer para Evitar un Embargo?

Para evitar el embargo, el deudor no puede haber transferido a terceros sus bienes, dentro de los seis meses anteriores a la aceptación de la solicitud, ni fingir una separación de su cónyuge, pues en este caso se declarará fracasado el acuerdo. Es por ello que una empresa o persona natural podrán declararse insolventes cuando hayan incumplido la cancelación de dos o más obligaciones a favor de dos o más acreedores por un plazo mayor a 90 días, o cuando cursen en su contra una o más demandas de ejecución o cobro judicial. Además, las obligaciones atrasadas deben representar por lo menos la mitad de la deuda total a cargo del deudor. El acuerdo debe ser aprobado por dos o más acreedores que representen más de la mitad de la deuda y, si se logra dentro de los primeros 60 días hábiles, no se cobrarán los intereses de mora causados durante ese periodo.

Requisitos Para Declararse Insolvente Suministrados por un Abogado ComercialEs importante recalcar que en este proceso no se obliga a las partes a llegar a un acuerdo y que si no se logra se causarán y cobrarán los intereses de mora y demás cobros que habían sido suspendidos. La insolvencia no es un mecanismo para evitar que sus deudas se hagan efectivas ni para buscar que le condonen sus obligaciones financieras, sino una oportunidad para buscar una solución a su situación económica.
En Jurídicos Comerciales, como abogados comprometidos primeramente con nuestras leyes colombianas y segundo con la confianza que depositan nuestros clientes al momento de contactarnos, brindamos un acompañamiento legal aportando estrategias jurídicas que propicien un equilibrio financiero a su empresa o patrimonio. Nuestros abogados, académicamente capacitados, gestionan el mejor servicio y asesorías en todo el territorio colombiano, ya sea en la elaboración de acuerdos o contratos comerciales que se requieran al momento de atravesar una insolvencia económica.

Abogados en Derecho Comercial

La Ley de Insolvencia tiene como fin la búsqueda de arreglos para no llegar a procesos de ejecución y permite al deudor resolver de forma efectiva sus deudas, para que vuelva a reestructurar su capital. En Jurídicos Comerciales somos un bufete de profesionales especializado en solventar déficit financiero, ya que nuestro objetivo es ofrecer nuestra representación a empresas privadas y públicas o personas que necesiten de nuestros servicios en el ámbito mercantil.

Además, nuestro equipo se encarga de abogar y solventar problemas en materia de contabilidad y estructura financiera de su negocio, garantizando siempre el bienestar de nuestros clientes y el resguardo de sus bienes. El despacho de Jurídicos Comerciales lo orienta acerca de cuáles son los pasos que usted de seguir para reestructurar su patrimonio. También proponemos toda clase de servicios y procesos de insolvencia, procesos de reorganización empresarial, asesoría en procesos de insolvencia económica, entre otros.

Todas las personas naturales y jurídicas que se encuentren en medio de una emergencia económica y no pueden pagar a sus acreedores los montos de las deudas, pueden contar con el amparo de una ley y con un equipo de profesionales expertos de Jurídicos Comerciales que les ayudará, mediante procesos legales, a reorganizar los planes de pagos para evitar procesos ejecutivos en contra o sanciones por incumplimiento de pago. Jurídicos Comerciales es el grupo de abogados que usted busca, contáctenos por el 310 5706331 o deje un mensaje en el formulario de contacto. Nuestros abogados gustosamente lo atenderán y ayudarán a restablecer la estructura de su capital.

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